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jueves, 24 de marzo de 2011

Despachan al Ejecutivo proyecto que perfecciona normas sobre discapacidad

BCN: Publicado el 16 de diciembre del 2009

La Cámara aprobó, por 86 votos a favor, las modificaciones del Senado al proyecto que busca asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, con el fin de obtener su plena inclusión social. De esta manera, la iniciativa cumplió su tramitación en el Congreso y quedó en condiciones de convertirse en ley de la República.
El texto (boletín 3875) dispone que para garantizar esta igualdad de oportunidades e inclusión se dará a conocer masivamente a la comunidad los derechos y principios de participación activa y necesaria en la sociedad de de las personas con discapacidad, fomentando la valoración en la diversidad humana, dándole el reconocimiento de persona y ser social y necesario para el progreso y desarrollo del país.

En la aplicación de esta ley deberá darse cumplimiento a los principios de vida independiente, accesibilidad universal, diseño universal, intersectorialidad, participación y diálogo social.

Derecho a la igualdad y a la rehabilitación

Entre otras materias, el mensaje consigna como deber del Estado promover la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad. Los programas estatales para este sector de la población deberán tener como objetivo mejorar su calidad de vida.

Asimismo, el Estado priorizará la ejecución de proyectos, programas y la creación de apoyos en el entorno más próximo a las personas con discapacidad que se pretende beneficiar.

Para acceder a los beneficios y prestaciones sociales que establece la ley, las personas con discapacidad deberán contar con la certificación de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) y estar inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad.

Asimismo
, la nueva norma define a la persona con discapacidad como aquella que teniendo una o más deficiencias físicas, mentales -por causa psíquica o intelectual-, o sensoriales, de carácter temporal o permanente, al interactuar con diversas barreras presentes en el entorno, ve impedida o restringida su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

Calificación y certificación de la discapacidad

Corresponderá a cada COMPIN y a las instituciones públicas o privadas reconocidas por el Ministerio de Salud calificar la discapacidad. El proceso asegurará una atención interdisciplinaria.

Para este objetivo, cada COMPIN será integrada además por un sicólogo, un fonoaudiólogo, un asistente social y un educador especial o diferencial, un kinesiólogo o terapeuta ocupacional, además de uno o más especialistas distintos, cuando la calificación así lo requiera,

La certificación sólo será competencia de las COMPIN. Tanto la calificación como la certificación podrán efectuarse a petición del interesado, de las personas que lo representen o de las personas o entidades que lo tengan a su cargo.

Un reglamento de los Ministerios de Salud y Planificación señalará la forma de determinar la existencia de una discapacidad y su calificación, el que deberá incorporar los instrumentos y criterios contenidos en las clasificaciones internacionales aprobadas por la Organización Mundial de la Salud.

La
norma también dispone que la prevención de las discapacidades y la rehabilitación constituyen una obligación del Estado y un derecho y deber de las personas con discapacidad, de su familia y de la sociedad en su conjunto.

Medidas para la Igualdad de Oportunidades

El Estado impulsará y aplicará medidas de acción positiva para fomentar la eliminación de barreras arquitectónicas y promover la accesibilidad universal.

Toda persona o institución, pública o privada, que ofrezca servicios educacionales, capacitación o empleo, exigiendo la rendición de exámenes, deberá realizar los ajustes necesarios para adecuar los mecanismos, procedimientos y prácticas de selección, de manera de resguardar la igualdad de oportunidades.

Los postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento para tomar estas pruebas, deberán informarlo en su postulación, para que adapten los exámenes.

También se establece que los canales de televisión abierta y por cable deberán aplicar mecanismos que permitan a las personas con discapacidad auditiva acceder a sus contenidos; las campañas públicas, la propaganda electoral, debates presidenciales y cadenas nacionales, se emitirán con subtitulado y lengua de señas.

Adicionalmente, se reconoce la lengua de señas como medio de comunicación natural de la comunidad sorda.

Edificaciones

Todo edificio público o que atienda a público, así como toda nueva edificación colectiva, deberá ser accesible y utilizable en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida. Lo mismo se aplica a las obras que el Estado o los particulares ejecuten en el espacio público al interior de los límites urbanos y los accesos a los medios de transporte público de pasajeros y a los bienes nacionales de uso público. Si cuentan con ascensores, deberán tener capacidad suficiente para el transporte de personas con discapacidad.

Corresponderá a las direcciones de obras municipales fiscalizar el cumplimiento de esta normativa y denunciar su incumplimiento ante el juzgado de policía local.

(Foto principal: Rafael Gómez Montoya)

Miércoles 16 de diciembre de 2009

Cámara de Diputados aprueba Ley de Discapacidad Dic 2009

La iniciativa cumplió su tramitación en el Congreso y quedó en condiciones de convertirse en ley de la República.
Valparaíso, 16 de diciembre de 2009. La Cámara de Diputados aprobó en forma unánime (86 votos), el proyecto de ley que busca asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, dando por concluida su tramitación ante el Congreso,  la que finalmente será promulgada por la Presidenta Michelle Bachelet, convirtiéndose en ley de la República.
La votación en la Sala de la Cámara fue presenciada por representantes de organizaciones de personas con discapacidad de Santiago y Valparaíso, quienes llegaron hasta el lugar junto a la Ministra de Planificación, Paula Quintana y el Secretario Ejecutivo de Fonadis, Roberto Cerri, para dar su apoyo al documento legal que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad.
Con la aplicación de la ley que “Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad” deberá darse cumplimiento a los principios de vida independiente, accesibilidad universal, diseño universal, intersectorialidad, participación y diálogo social. Además, entre sus medidas considera la creación del Servicio Nacional de la Discapacidad, que será sucesor del Fondo Nacional de la Discapacidad, Fonadis.
El Secretario Ejecutivo de Fonadis, Roberto Cerri destacó la participación de la sociedad civil en la génesis del proyecto y en el apoyo manifestado el día de hoy en el Congreso. Además, señaló que “esta normativa nos permitirá avanzar en la inclusión social, participación y accesibilidad de  las personas con discapacidad en todos los ámbitos del quehacer social, político  y cultural del país, asegurando el pleno respeto a su dignidad y eliminando  cualquier forma de discriminación fundada en su discapacidad. Este es el punto de partida, pero es necesario implementar medidas adicionales y conseguir los recursos necesarios para que esta ley no sea letra muerta”.
El nuevo cuerpo legal se centra en la idea que los derechos humanos, iguales para todos, requieren que se reconozcan las diferencias que impiden a las personas con discapacidad su pleno ejercicio y en base a ello, construir apoyos institucionales que nivelen las condiciones para garantizar esta igualdad de acceso, eliminando la discriminación por causa de discapacidad.
La nueva legislación se hace cargo de la nueva realidad social que enfrentan las personas con discapacidad, recoge los nuevos paradigmas que se han ido construyendo a nivel internacional y da cumplimiento a la obligación de Chile de adecuar progresivamente su legislación interna a los nuevos estándares definidos en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas.
Contenidos de la nueva Ley
Dentro
de los contenidos más relevantes se destacan un conjunto de medidas concretas en los siguientes ámbitos:

• Se perfeccionan y profundizan las acciones en materia de prevención y rehabilitación de las discapacidades;
• Se amplía la acción del Estado en favor de las personas con discapacidad, a través de la ejecución de programas y creación de apoyos;
• Se agiliza proceso de calificación y certificación de la discapacidad;
• Se incorporan un conjunto de medidas, adecuaciones  y apoyos orientados al acceso, mantención y progreso de las personas con discapacidad en el sistema educacional;
• Se asegura el pleno acceso de las personas con discapacidad a las edificaciones colectivas públicas y privadas, edificaciones de uso público, a los parques, plazas y áreas verdes;
• Se perfeccionan las normas sobre estacionamientos preferentes para los vehículos que conducen personas con discapacidad o que las transportan;
• Se reconocen las formas propias de expresión de las personas sordas de nuestro país otorgando reconocimiento a la lengua de señas como su medio de comunicación natural (los canales de televisión abierta y los proveedores de televisión por cable deberán, en un plazo determinado aplicar mecanismos que posibiliten a las personas sordas acceder a su programación);
• Se amplían los mecanismos de exención y rebajas tributarias para la importación de vehículos y otros apoyos, entre muchas otras medidas de accesibilidad y participación.
• Por otro lado, teniendo presente la importancia del trabajo para el desarrollo y autonomía personal, este proyecto de ley consagra la obligación de crear instrumentos que favorezcan la contratación de personas con discapacidad y la posibilidad para estas personas de celebrar el contrato de aprendizaje, sin límite de edad.
• Adicionalmente, la Administración del Estado, el Congreso Nacional, el Poder Judicial y el Ministerio Público, con el objeto de favorecer la inclusión laboral, en sus procesos de selección de personal deberán dar preferencia a las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones y mérito con otros postulantes.
• Finalmente, dentro de las medidas más relevantes del proyecto de ley se establece una moderna y robusta institucionalidad pública destinada a relevar la discapacidad como un tema central de las políticas públicas, generando instituciones e instrumentos que dan cuenta de los nuevos desafíos que enfrenta el país en materia de igualdad de oportunidades, inclusión social, participación y accesibilidad de las personas con discapacidad. Se crea el Comité de Ministros de la Discapacidad, el Servicio Nacional de la Discapacidad y el Consejo Consultivo.
Créditos Fotográficos: MIDEPLAN / SILVANA GAJARDO V.